El presidente de la republica en cadena nacional , permitió el uso de armas a civiles con su respectivo permiso, pero mucho de las personas desconocen cual es el procedimiento para poder sacar el permiso de armas.

Esta trámite esta dirigido para la obtención del permiso de porte o tenencia de armas de el territorio ecuatoriano.

  1. Ser Ecuatoriano, tener mínimo 25 años de edad
  2. Tener Certificado que avale la destreza en el manejo y uso de armas de fuego entregado por el ministerio de defensa.
  3. No haber sido sentenciado con sentencia ejecutoria condenado por algún delito.
  4. Certificado de haber efectuado prueba psicológica entregado por el MSP.
  5. No estar involucrado o tener antecedentes de violencia doméstica.
  6. Certificado de haber pasado el examen toxicológico , donde indique que no ingiera ninguna sustancia sujetas a fiscalía y que no es alcohólico entregado por el MSP.
  7. Planilla de servicio básicos, contrato de arrendamiento o pago del impuesto predial donde conste la dirección domiciliaria del solicitante.
  8. Factura de compra o compra venta del arma
  9. Certificado Biométrico AFIS y AVIS+F entregado por la policía nacional
  10. Ingresa en la pagina web oficial de control de armas (https://controlarmas.ccffaa.mil.ec)
  11. Elegir tipo de documento (cédula, pasaporte, ruc).
  12. Crear el usuario, confirmar su usuario y contraseña vía correo electrónico.
  13. Ingresar la solicitud y adjuntar requisitos solicitados por el sistema.
  14. Verificar la solicitud aprobada o rechazada.
  15. Realizar el pago bancario en el portal de internet.
  16. Entregar el arma en el lugar solicitado con municiones.
  17. Acudir al centro de control de armas para una prueba de balística.
  18. Verificar correo electrónico para entrega del arma y credencial de porte de armas.
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De acuerdo a la ley las armas permitida para el uso civil como medida de defensa personal son: Escopetas cañón corto o recortadas del calibre 10 al 410, revólveres hasta el calibre 38, pistolas calibre 9 mm semiautomáticas, con un máximo de 10 proyectiles por alimentador, armas especiales previa autorización de las fuerzas armadas.

Este permiso lo pueden solicitar persona naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos, el departamento encargado concederá los permisos luego de analizar cada caso y determinar si es factible o no conceder el poder de portar un arma.

Para la renovación de permisos de portar armas también se debe cumplir con los requisitos establecidos en la nueva resolución, caso contrario podrán ser revocados definitivamente.