El Ministerio del Interior ha reconocido así que puede hacer de este sector un aliado indispensable en la lucha contra la inseguridad. Su propuesta es que los integrantes de las empresas privadas de servicios públicos se conviertan en «los ojos, la voz y los oídos» de la seguridad pública del país.

Para iniciar este proceso de integración, a partir de un plan de formación de todos los guardias privados del país (52.300 agentes), la Policía Estatal estableció el Centro de Control de Seguridad Privada (COSP), cuya función es llevar un registro de las empresas que han cumplir estrictos requisitos de seguridad para su funcionamiento.

Los guardias de seguridad privada podrán hacer uso de sus armas de dotación. Esto quedó establecido en el Artículo 16 del Reglamento. Sin embargo, hay algunas reglas.

«El armamento y equipo deberá portarse única y exclusivamente en los áreas y horas de prestación de servicios establecidos en los respectivos contratos». 

Además, se estableció que por cada vigilancia fija habrá un arma cada dos guardias; en vigilancia móvil un arma por cada guardia, tripulante, supervisor o protector; y, en labores de investigaciones, habrá un arma por cada investigador. Los guardias podrán hacer uso de su defensa. 

«Se podrá usar el arma en legítima defensa de cualquier derecho, propio o ajeno por parte de los prestadores y personal de servicios de vigilancia y seguridad privada cuando concurra: una agresión actual e ilegítima; necesidad racional de la defensa; y, falta de provocación suficiente por parte de quien actúa en defensa del derecho, de conformidad».

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